En el grup "Filosofia i feminismes" de la Societat Catalana de Filosofia, estem llegint El contracte sexual, de Carole Pateman. Una obra de filosofia dura, representant del que s'anomena "contractualisme subversiu".
Proposa una relectura del contractualisme de Hobbes a Rawls com a creador del que ella considera el patriarcat modern. Tot i autoproposar-se com antipatriarcal (seminals crítiques a Filmer), el contractualisme ha amagat un contracte previ a la societat política, el contracte sexual. Manllevant la ficció freudiana, el contracte sexual és aquell que realitzen els germans després de matar al pare, per repartir-se les dones que abans només eren del pare (que era pare, no home; és a dir, abans havia hagut d'accedir -violar- una dona per arribar a ser-ho). D'aquí l'ideal de fraternitat. Aquest oblit del contracte primigeni li permet ironitzar: de la mateixa manera que Freud proclamava que les persones teníem esborrada l'escena primitiva, és a dir, el moment on la nostra mare i el nostre pare ens havien engendrat, el pensament sociopolític té esborrada aquesta escena primitiva. Aquest ha estat l'únic pacte entre iguals -homes.
La ficció del contracte originari dels contractualistes (homes lliures, propietaris -del seu cos, com a mínim- i racionals que es comprometen a obeir un poder) dona legitimitat a la resta de contractes en la nostra societat: el contracte laboral, el matrimonial, el d'esclavitud, el de prostitució, el de maternitat subrogada: l'individu és lliure, i pot entrar en relación contractual amb qui vulgui, on una part dona una cosa i l'altra una altra a canvi. Però aquesta legitimitat és aparent, perquè amaga en tots els casos una explotació, com en alguns casos havia advertit el pensament socialista (critica Marx per centrar-se en la plusvàlua, i no en l'explotació).
Amb aquesta doble perspectiva: contracte sexual originari i suposada llibertat dels individus que realitzar contractes, va analitzant els diversos contractes, des del d'esclavitut, servitut, laboral, matrimonial, de prostitució i de maternitat "subrogada".
Sobre aquest darrer:
El calificativo "subrogada" indica que el fin del contrato es hacer irrelevante la maternidad y negar que la «subrogada» es una madre. Una mujer que entra en un contrato de subrogación no es pagada por (tener) el niño. hacer un contrato de este tipo sería equivalente a vender el bebé. La madre "subrogada"recibe pago a cambio de firmar un contrato que permite al varón hacer uso de sus servicios. En este caso. el contrato es para el uso de la propiedad que la mujer posee: su útero. (p. 292)
El trabajador no tiene derecho a las mercancías producidas mediante el uso de su trabajo. pertenecen al capitalista. De modo similar. el bebé que se produce a través del uso de los servicios de una madre «subrogada» es propiedad del varón que hace el contrato para usar el servicio. (p. 292)
La fuerza de trabajo es una ficción política, pero el servicio que presta la madre «subrogada» en una ficción aún mayor. El trabajador contrata el derecho de mando sobre el uso de su cuerpo y la prostituta contrata el derecho de uso sexual directo de su cuerpo. Los yos del trabajador y de la prostituta son, en sus diferentes modos, ambos puestos en alquiler. El yo de la madre «subrogada» está en alquiler de un modo más profundo aún. La madre "subrogada" contrata el derecho sobre su singular capacidad fisiológica, emocional y creativa de su cuerpo, es decir, de sí misma como mujer. (p.295)
No resulta sorprendente que las mujeres voluntariamente sean parte de contratos que constituyen a otras mujeres en subordinados del patriarcado. Las mujeres son consideradas menos que mujeres si no tienen hijos. (p.295)
La historia del contrato original relata la derrota política del padre y cómo sus hijos, los hermanos, establecieron una forma patriarcal no paternal específicamente moderna. El sur- gimiento de la maternidad subrogada sugiere que el contrato ayuda a llevar a cabo una nueva transformación. Los varones están nuevamente comenzando a ejercer el derecho patriarcal como derecho paterno, pero bajo una nueva forma. (p.295)
Cuando la propiedad de la madre "subrogada", su vasija vacía, se llena con la simiente del varón que pacta con ella, él también se convierte en padre, la fuerza creativa que trae una nueva vida (propiedad) al mundo. Los varones han negado valor a la capacidad corporal única de la mujer, se la han apropiado y la han transmutado en una génesis política masculina. [...] Gracias al poder del contrato como medio político creativo, los varones se pueden apropiar también de la génesis física. (p. 297)
Una mujer puede ser madre «subrogada» sólo porque su condición de mujer se ha tomado irrelevante y se la declara un "individuo" que presta su servicio. Al mismo tiempo, puede ser una madre «subrogada» sólo porque es mujer. De modo similar, la propiedad relevante de un varón para el contralo de subrogación sólo puede ser la de un varón, es esa propiedad la que puede hacerle padre. El esperma es, por cierto, el único ejemplo de propiedad en la persona que no es una ficción polftica. A diferencia de la fuerza de trabajo, las partes sexuales, el útero o cualquier otra propiedad que pueda ser utilizada por otros mediante un contrato, el esperma puede ser separado del cuerpo.(p. 298)
Destapant el concepte liberal d'individu, lliure i propietari, que no aten a la diferencia sexual i criticant el concepte de gènere: Dos individuos sexualmente indiferentes (propietarios, representantes de dos géneros) deben ser partes contractuales o el contrato sería ilegítimo, nada más que un caso de venta de bebés. Por su parte, el contrato de subrogación sólo es posible porque una de las partes es mujer, sólo una mujer tiene la capacidad (propiedad) requelida para proporcionar el servicio exigido, una capacidad integral (natural) de su sexo. p. 308)